Régimen jurídico de las regiones, los departamentos y los territorios indígenas
Jose Rafael Sanjuanelo Ortiz
Licencia de minería de texto y datos
Declarado por la editorial el 22 octubre 2026 a las 07:14:22 UTC
El titular de derechos se reserva expresamente sus derechos de reproducción, extracción y reutilización para fines de minería de textos y datos (TDM) y de entrenamiento de modelos de inteligencia artificial, de conformidad con el Art. 4(3) de la Directiva (UE) 2019/790, el Art. 53(1)(c) del Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act), el Art. 13 del Acuerdo ADPIC/TRIPS de la OMC, la Decisión Andina 351 de 1993 y las leyes nacionales aplicables en los territorios de residencia del titular, de realización de la reproducción y/o comercialización del Large Language Model u otro tipo de IA resultante.
Esta reserva cubre toda reproducción digital de la obra con independencia del soporte de la copia de origen (impreso o digital) y es efectiva desde la fecha certificada de esta declaración.
En América Latina, donde no existe excepción legal para el entrenamiento de IA, esta declaración constituye evidencia pública de que el titular no ha otorgado autorización. En la Unión Europea, activa la reserva máquina-legible exigida por el Art. 4(3) CDSM y el Art. 53(1)(c) AI Act. En Estados Unidos, señaliza la existencia de un mercado de licencias TDM a efectos del factor 4 del análisis de fair use.
Cualquier uso de la obra para los fines aquí reservados requiere autorización previa y expresa del titular de derechos.
Sello de integridad
Declaración selladaLa declaración fue sellada ante una autoridad de sellado de tiempo independiente (RFC 3161) y su contenido identificado con ISCC (ISO 24138): cualquier tercero puede verificar que existía en esa fecha y que no ha sido alterada. Descargar evidencia criptográfica (.tsr) · ¿Cómo se verifica?
Formatos
| Formato | ISBN | Recordreference | DOI | Año |
|---|---|---|---|---|
| Impreso | 9789587915914 | SIMEHPRINTBRNKTNTXFZMTTBD1KKHJ | — | 2022 |
Sobre esta obra
Puesto que las realidades geográficas y socioculturales no tenían una regulación pertinente, la Asamblea Nacional Constituyente estableció en la Constitución de Colombia las bases para que nacieran a la vida jurídica las regiones, las provincias y los territorios indígenas; legando su desarrollo al nivel legal.
Esto ha sido abordado recientemente, tanto con las leyes 1454 de 2011 y 1962 de 2019, en las que el parlamento ha establecido las condiciones para el surgimiento de las regiones, así como con la expedición de diferentes decretos-leyes, con los que se ha apostado por el funcionamiento de los territorios aborígenes. Todo lo cual abre un abanico de interrogantes, dentro de los cuales resulta de trascendental importancia determinar si existe algún viso que sugiera la supresión de la actual división administrativa departamental; y en general, establecer si con ello se avanza en materia de descentralización territorial. La presente investigación pretende aportar algunas luces al respecto.