El elemento subjetivo del delito en el Estatuto de Roma: un análisis de derecho penal comparado
Ligia María Vargas
Licencia de minería de texto y datos
Declarado por la editorial el 25 septiembre 2026 a las 22:19:06 UTC
El titular de derechos se reserva expresamente sus derechos de reproducción, extracción y reutilización para fines de minería de textos y datos (TDM) y de entrenamiento de modelos de inteligencia artificial, de conformidad con el Art. 4(3) de la Directiva (UE) 2019/790, el Art. 53(1)(c) del Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act), el Art. 13 del Acuerdo ADPIC/TRIPS de la OMC, la Decisión Andina 351 de 1993 y las leyes nacionales aplicables en los territorios de residencia del titular, de realización de la reproducción y/o comercialización del Large Language Model u otro tipo de IA resultante.
Esta reserva cubre toda reproducción digital de la obra con independencia del soporte de la copia de origen (impreso o digital) y es efectiva desde la fecha certificada de esta declaración.
En América Latina, donde no existe excepción legal para el entrenamiento de IA, esta declaración constituye evidencia pública de que el titular no ha otorgado autorización. En la Unión Europea, activa la reserva máquina-legible exigida por el Art. 4(3) CDSM y el Art. 53(1)(c) AI Act. En Estados Unidos, señaliza la existencia de un mercado de licencias TDM a efectos del factor 4 del análisis de fair use.
Cualquier uso de la obra para los fines aquí reservados requiere autorización previa y expresa del titular de derechos.
Sello de integridad
Declaración selladaLa declaración fue sellada ante una autoridad de sellado de tiempo independiente (RFC 3161) y su contenido identificado con ISCC (ISO 24138): cualquier tercero puede verificar que existía en esa fecha y que no ha sido alterada. Descargar evidencia criptográfica (.tsr) · ¿Cómo se verifica?
Formatos
| Formato | ISBN | Recordreference | DOI | Año |
|---|---|---|---|---|
| E-book | 9789587913132 | SIMEHEBOOK9AA03AIA9H2J70667715 | http://dx.doi.org/10.15425/2017.359 | 2020 |
| Impresión bajo demanda · ed. 1 | 9789587912869 | SIMEHPODEJJG9D0GBECC21IHAEI0 | — | 2020 |
Sobre esta obra
La Corte Penal Internacional es el primer tribunal internacional que ejerce jurisdicción penal con vocación de universalidad y permanencia. No obstante, las normas que la regulan fueron construidas a través de negociaciones políticas, haciendo evidente la influencia preponderante de algunos Estados. Aún así, con el propósito de llegar a consensos, el punto de partida a la hora de interpretar el Estatuto de Roma debe ser la multiculturalidad que permea y explica las diversas tradiciones jurídicas, sin imponer una tradición sobre otras. Esto, si quiere conservarse la idea de que el derecho penal internacional es un derecho común a la humanidad. Este texto busca plantear una interpretación de los elementos subjetivos del delito, consagrados en el Estatuto de Roma, a partir de la comprensión y comparación de cinco sistemas jurídico-penales: Inglaterra, Estados Unidos, Francia, España y Colombia. El objetivo es aumentar la seguridad jurídica, la legitimidad del ordenamiento penal internacional y aportar a que la Corte haga una aplicación garantista del derecho penal internacional. La comparación realizada pone en evidencia que todos los Estados comparten criterios mínimos de aplicación de los elementos subjetivos del derecho penal, con base en los cuales debe fortalecerse la actividad universal de la Corte Penal Internacional.