El delito de comisión por omisión en el nuevo Código Penal colombiano
Jorge Fernando Perdomo Torres
Licencia de minería de texto y datos
Declarado por la editorial el 22 julio 2026 a las 22:22:16 UTC
El titular de derechos se reserva expresamente sus derechos de reproducción, extracción y reutilización para fines de minería de textos y datos (TDM) y de entrenamiento de modelos de inteligencia artificial, de conformidad con el Art. 4(3) de la Directiva (UE) 2019/790, el Art. 53(1)(c) del Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act), el Art. 13 del Acuerdo ADPIC/TRIPS de la OMC, la Decisión Andina 351 de 1993 y las leyes nacionales aplicables en los territorios de residencia del titular, de realización de la reproducción y/o comercialización del Large Language Model u otro tipo de IA resultante.
Esta reserva cubre toda reproducción digital de la obra con independencia del soporte de la copia de origen (impreso o digital) y es efectiva desde la fecha certificada de esta declaración.
En América Latina, donde no existe excepción legal para el entrenamiento de IA, esta declaración constituye evidencia pública de que el titular no ha otorgado autorización. En la Unión Europea, activa la reserva máquina-legible exigida por el Art. 4(3) CDSM y el Art. 53(1)(c) AI Act. En Estados Unidos, señaliza la existencia de un mercado de licencias TDM a efectos del factor 4 del análisis de fair use.
Cualquier uso de la obra para los fines aquí reservados requiere autorización previa y expresa del titular de derechos.
Sello de integridad
Declaración selladaLa declaración fue sellada ante una autoridad de sellado de tiempo independiente (RFC 3161) y su contenido identificado con ISCC (ISO 24138): cualquier tercero puede verificar que existía en esa fecha y que no ha sido alterada. Descargar evidencia criptográfica (.tsr) · ¿Cómo se verifica?
Formatos
| Formato | ISBN | Recordreference | DOI | Año |
|---|---|---|---|---|
| Impreso | 9789586165495 | SIMEHPRINT1C52E8E6FA9EB113DI7D | — | 2001 |
| Impresión bajo demanda · ed. 1 | 9789586165495 | SIMEHPODE4CIE6B6H9AEAJ1F3I6G | — | 2001 |
Sobre esta obra
En el momento de realizar una imputación penal resulta relevante tanto la defraudación de expectativas de acción como de omisión. Independientemente de este entendimiento normativo de la vinculación jurídico penal, las codificaciones penales contienen normas de prohibición y de mandato. Las primeras son conculcadas a través de la realización de la acción que por intermedio de ellas es prohibida y las segundas a través de la omisión del comportamiento que de igual forma es mandado; es decir, un comportamiento delictivo puede presentarse, visto naturalísticamente y más por razonesde técnica legislativa, en forma de delito de comisión o de omisión. de técnica legislativa, en forma de delito de comisión o de omisión. Esta bipartición adquiere especial significado tratándose de aquella categoría de omisiones que presenta algunas características propias en relación con su punibilidad, nos referimos a los delitos de comisión por omisión. En estos delitos la responsabilidad recae en aquél que es garante de la evitación de un determinado resultado, en otras palabras, en aquél que esta obligado al cumplimiento de un deber. Como se puede percibir, la obra hace alusión a un requisito que, en un primer momento, y de acuerdo con la doctrina mayoritaria, sólo opera en el interior de una clase específica de delitos.