Revista Pensamiento Jurídico
N° 42
Javier A. Pineda D
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Formatos
| Formato | ISBN | Recordreference | DOI | Año |
|---|---|---|---|---|
| Impreso · ed. 1 | — | SIMEHPRINTH7FFBF65EDDA7CIG12AJ | — | 2015 |
Sobre esta obra
En esta ocasión la Revista Pensamiento Jurídico, publicación arbitrada -bajo la modalidad de doble ciego- y de carácter semestral de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia presenta, desde un enfoque transdisciplinar e interdisciplinar, algunas reflexiones teóricas y prácticas alrededor del poder constituyente, sus alcances y limites, con el ánimo de contribuir al debate público y académico en la construcción de paradigmas útiles en la construcción de la democracia. El contenido de la Revista está dirigido a investigadores, docentes, estudiantes y especialistas en las diversas ramas del Derecho, en el ámbito nacional e internacional. A continuación se realiza una breve presentación de cada uno de los artículos:
En primer lugar, se presenta el artículo elaborado por el Profesor de la Universidad Nacional de Colombia Antonio José Rengifo Lozano titulado El poder constituyente de los pueblos del mundo. Este artículo analiza y reivindica el poder constituyente de los pueblos en la escena internacional. Observa cómo, en un mundo globalizado, la capacidad de acción de la gran mayoría de Estados parece atrapada en el discurso neoliberal, en democracias radicalmente cooptadas por medios de comunicación y por la influencia de grupos financieros, que menguan su capacidad para enfrentar los problemas que afectan a todos los pueblos. Sea que se trate de la reforma a la Organización de Naciones Unidas; sea sobre la guerra o las violaciones masivas de derechos humanos; sea sobre la crisis ambiental planetaria y en particular sobre el cambio climático o las organizaciones internacionales financieras y el inestable sistema perpetuado por ellas, este artículo apuesta por la oportunidad para los pueblos de ejercer su poder constituyente. En relación con los procesos de constitucionalización del derecho internacional, se formula un interrogante: ¿tienen futuro esos procesos sin una toma en consideración de los pueblos, de su poder legitimador, sus luchas, sus resistencias y sus aportes desde diversas perspectivas culturales? Se argumenta que los individuos y los pueblos deben ser el fundamento de la organización política internacional. La tesis central sustenta el imperativo, para los pueblos, de reivindicar su poder legitimador para promover una democracia global que cierre espacios a la uniformización del mundo, consolidando a la vez un foro comunicativo entre las diversas culturas que permita determinar hasta dónde va "el universal" que nos hace a todos humanos y hasta dónde van las especificidades culturales y políticas de los pueblos inscritas en otras formas posibles de mundialización.