Ineficacia de los mecanismos alternativos de solución de controversias procedentes de legislaciones internacionales, y los reconocidos en la heterocomposición
Juan Antonio Castillo López
Licencia de minería de texto y datos
Declarado por la editorial el 22 julio 2026 a las 22:30:56 UTC
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Formatos
| Formato | ISBN | Recordreference | DOI | Año |
|---|---|---|---|---|
| Impreso · ed. 1 | 9786072834644 | SIMEHPRINTE1E9J18BCF4JH8HCH0HH | — | 2025 |
Sobre esta obra
Históricamente, en diversos países se han utilizado mecanismos pacíficos para dirimir las contiendas surgidas entre individuos y naciones a través de la persuasión moral, los buenos oficios, la mediación y la conciliación. Los instrumentos donde se establecieron estas técnicas se encuentran en escrituras y libros sagrados, leyes e instrumentos internacionales. En México, se aceptaron bajo la denominación de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias al reformar el artículo 17 de la Constitución. En materia penal, a través de la justicia restaurativa al proporcionar la reparación del daño a la víctima y atribuir la conducta ilícita al delincuente para recuperar el tejido social.
Sin embrago, esos MASC no fueron innovadores porque ya eran reconocidos en los varios procesos de la heterocomposición por medio de la conciliación y la mediación. al igual que en los procedimientos ante autoridades administrativas en donde se incluyó también a la amigable composición.
Tan eran aceptados desde tiempo anteriores a la reforma del artículo 17 constitucional, que ya se promovían en el Centro de Justicia Alternativa del Distrito Federal desde 2003. En los hechos, han demostrado ser ineficaces por sus modestos alcances y porque sólo se crearon para cumplir con los compromisos internacionales instaurados en aquel entonces.