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La interpretación de leyes y normas tributarias

Édgar José Moya Millán

Grupo Editorial Ibañez ·Español
E-book ISBN 4099995592825

Licencia de minería de texto y datos

Declarado por la editorial el 22 octubre 2026 a las 07:13:41 UTC

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Sello de integridad

Declaración sellada
Sellado de tiempo (RFC 3161) TSA · 22 oct. 2026, 07:13:41 UTC
ISCC META-CODE (ISO 24138) ISCC:AAA4H3EFIKCCC4XM
Titular Grupo Editorial Ibañez

Formatos

FormatoISBNRecordreferenceDOIAño
E-book 4099995592825 SIMEHEBOOK7H0B4B4H9J097C94I4DE — 2020

Sobre esta obra


El enfoque económico de la interpretación de las normas tributarias nace en Alemania en el año 1919 y fue incorporado en la Ordenanza Tributaria del Reitch, u Ordenamiento Tributario del Reitch, ante la imposibilidad de los tribunales fiscales de aplicar los gravámenes, ya que la base de la imposición estaba establecida por elementos del derecho civil.

Posteriormente, este principio fue recogido en Francia en la década de los 20, así como en Italia y Suiza, siendo Argentina el primer país latinoamericano en darle vigencia legal, con las modificaciones que se realizaron a la ley 11.683 en el año 1947, así como con el Código Fiscal de Buenos Aires de 1948, cuyo principal inspirador fue Dino Jarach.

En el año de 1963, la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela hizo varias interpretaciones de las normas tributarias señalando que no es que se aplique el método económico en un sentido exclusivo, sino que como la ley tributaria es una ley ordinaria deben aplicarse todos los métodos reunidos por la ley, es decir, el método literal, el método lógico, el histórico y el económico. Inclusive la Corte llego a expresar que debía usarse el método analógico, –a falta de una norma expresa–, se aplicarían las normas que regulen materias análogas o semejantes al caso de estudio.

Editorial

Grupo Editorial Ibañez

Año de publicación

2020

Idioma

Español

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