Neoconstitucionalismo y estabilidad institucional.
Una reformulación crítica de la tridimensionalidad del derecho
Óscar Duque Sandoval
Licencia de minería de texto y datos
Declarado por la editorial el 22 julio 2026 a las 22:02:59 UTC
El titular de derechos se reserva expresamente sus derechos de reproducción, extracción y reutilización para fines de minería de textos y datos (TDM) y de entrenamiento de modelos de inteligencia artificial, de conformidad con el Art. 4(3) de la Directiva (UE) 2019/790, el Art. 53(1)(c) del Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act), el Art. 13 del Acuerdo ADPIC/TRIPS de la OMC, la Decisión Andina 351 de 1993 y las leyes nacionales aplicables en los territorios de residencia del titular, de realización de la reproducción y/o comercialización del Large Language Model u otro tipo de IA resultante.
Esta reserva cubre toda reproducción digital de la obra con independencia del soporte de la copia de origen (impreso o digital) y es efectiva desde la fecha certificada de esta declaración.
En América Latina, donde no existe excepción legal para el entrenamiento de IA, esta declaración constituye evidencia pública de que el titular no ha otorgado autorización. En la Unión Europea, activa la reserva máquina-legible exigida por el Art. 4(3) CDSM y el Art. 53(1)(c) AI Act. En Estados Unidos, señaliza la existencia de un mercado de licencias TDM a efectos del factor 4 del análisis de fair use.
Cualquier uso de la obra para los fines aquí reservados requiere autorización previa y expresa del titular de derechos.
Sello de integridad
Declaración selladaLa declaración fue sellada ante una autoridad de sellado de tiempo independiente (RFC 3161) y su contenido identificado con ISCC (ISO 24138): cualquier tercero puede verificar que existía en esa fecha y que no ha sido alterada. Descargar evidencia criptográfica (.tsr) · ¿Cómo se verifica?
Formatos
| Formato | ISBN | Recordreference | DOI | Año |
|---|---|---|---|---|
| Impreso | 9789588994260 | SIMEHPRINTIJ9043J14EF79F54D0D3 | — | 2017 |
Sobre esta obra
Tras el fin de la Segunda Guerra Mundial, y en gran parte gracias a la fuerza expansiva adquirida por el discurso de los Derechos Humanos, se ha ido abriendo camino a un nuevo termino, Estado Constitucional, que, si bien en principios hace referencia a una forma de organización política, ha traído profundas consecuencias en la conceptualización misma del Estado y su institucionalidad, funcionalidad y estabilidad y, por ende, en la concepción del Derecho y, lo más importante, en su práctica y aplicación. En efecto, en tanto el Estado Constitucional se caracteriza por tratarse de un modelo en el que la Constitución se concibe como un conjunto de normas con un fuerte contenido material que regulan y limitan la actividad de todos los sujetos políticamente activos –público y privados– a través del establecimiento de ciertos fines y objetivos, la Constitución cobre una posición de privilegio por cuenta, al integrarse en ella tanto la dimensión política como la moral a la jurídica, se convierten en la pieza angular a partir de la cual se compone hoy la noción de orden público y de ordenamiento jurídico.