← Volver al registro
Portada de Valoración de la prueba en los delitos sexuales

Valoración de la prueba en los delitos sexuales

Carlos Parma

Grupo Editorial Ibañez ·2024 ·Español
Impreso ISBN 9789587913408 E-book ISBN 4099995594638 Impresión bajo demanda ISBN 9789587913408

Licencia de minería de texto y datos

Sin declaración

Esta publicación no tiene una declaración de licencia TDM (minería de texto y datos) registrada. La editorial titular puede declararla desde su cuenta en SIMEH; quedará publicada aquí con fecha y hora certificadas.

Formatos

FormatoISBNRecordreferenceDOIAño
Impreso 9789587913408 SIMEHPRINTHF5UCURWL0RPUZD3D6IT 2024
E-book 4099995594638 SIMEHEBOOK63ADG6CE198A39D13A46 2024
Impresión bajo demanda · ed. 1 9789587913408 SIMEHPODF8GIBDDFDGBFA901AG8A 2021

Sobre esta obra

El profesor Carlos Parma se detiene en su obra en la víctima de un delito sexual, la valoración del testimonio y sus reglas. Respetar a las víctimas y valorar su tragedia y su testimonio en el marco del garantismo procesal es simplemente actuar con equidad y desde allí responder con una Magistratura prudente y responsable, señala el autor.

Inquieta respecto a la participación de la víctima en el proceso penal, la revictimización que puede sufrir al encontrarse con una ineficiente administración de justicia, lenta, incierta; cuando es difícil acudir a ella por la falta de orientación y/o representación en el ejercicio de sus derechos; la falta de diligencia debida; el desconocimiento de los parámetros investigativos en particular en delitos de VBG o cuando se trata de víctimas menores de edad; la falta de atención psicosocial. Así mismo, el desconocimiento de su estatus legal como interviniente en el proceso penal cuyo derecho no se puede limitar solo a obtener la reparación, sino también, la justicia que amplía su catálogo de facultades en el proceso penal.

De ahí, la importancia de las buenas prácticas admisibles para considerar el testimonio de las víctimas con perspectiva de género, el enfoque diferencial que el autor clama al señalar que: Cada vez que un juez se encuentre ante un caso de violencia intrafamiliar, agresión física o psíquica, abuso sexual, amenaza y/o cualquier otro delito grave donde la víctima es mujer deberá tener presente y aplicar en su caso- la perspectiva de género. No es una cuestión automática que se aplica de puro derecho, pues en el caso siempre debe existir el análisis y la valoración que el ilícito ocurrió en un contexto de género. Para dejar más en claro aún este punto, todo se debe enmarcar en un derecho penal de garantías. Así entonces, la perspectiva de género en caso de abusos sexuales tiene la virtud de conceder a las víctimas acceso a la justicia, una tutela judicial efectiva e igualar sus derechos en el proceso penal. Erradicar cualquier tipo de discriminación en contra de la mujer, como lo ha señalado la Corte Constitucional de Colombia.

Editorial

Grupo Editorial Ibañez

Año de publicación

2024

Idioma

Español