Ediciones USTA
Codificaciones penales y realidad criminológica en Colombia
Codificaciones penales y realidad criminológica en Colombia
Jorge Restrepo Fontalvo
Ediciones USTA ·Colombia ·2008
Impreso ISBN 9789586314817
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Formatos
| Formato | ISBN | Recordreference | DOI | Año |
|---|---|---|---|---|
| Impreso | 9789586314817 | SIMEHPRINTCAA1UFY480EAA6G9RJ2X | — | 2008 |
Sobre esta obra
Este trabajo es el producto del proyecto de investigación que está inscrito en la línea de investigación Derecho penal y realidad, el cual le ha correspondido dirigir al autor del presente libro, quien hace parte de la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás de Aquino, Bogotá.La línea de investigación mencionada parte del supuesto de que el Derecho es un producto social y, en cuento tal, no puede ser estudiado ni comprendido en abstracto, sin referencia a la realidad social de la que emerge y a la que está destinado a afectar. Esta afirmación es válida, sin importar la visión que se tenga sobre la naturaleza del Derecho; el positivismo jurídico resulta plenamente compatible con esta afirmación, lo mismo sucede con el uisnaturalismo. Este último, aunque reconoce la existencia de un sistema supralegal que se debe construir en límite tanto para la actividad del legislador como del juzgador o ejecutor del derecho, también acepta que la ley humana, si bien está orientada por ese orden superior, es creación del hombre, falible, condicionado y relativo por definición.La criminalidad aparente o registrada como termómetro de la eficacia de las reformas penales, que está inscrito en la línea de investigación Derecho penal y realidad, el cual le ha correspondido dirigir al autor del presente libro, quien hace parte de la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás de Aquino, Bogotá.La línea de investigación mencionada parte del supuesto de que el Derecho es un producto social y, en cuento tal, no puede ser estudiado ni comprendido en abstracto, sin referencia a la realidad social de la que emerge y a la que está destinado a afectar. Esta afirmación es válida, sin importar la visión que se tenga sobre la naturaleza del Derecho; el positivismo jurídico resulta plenamente compatible con esta afirmación, lo mismo sucede con el uisnaturalismo. Este último, aunque reconoce la existencia de un sistema supralegal que se debe construir en límite tanto para la actividad del legislador como del juzgador o ejecutor del derecho, también acepta que la ley humana, si bien está orientada por ese orden superior, es creación del hombre, falible, condicionado y relativo por definición.La línea de investigación mencionada parte del supuesto de que el Derecho es un producto social y, en cuento tal, no puede ser estudiado ni comprendido en abstracto, sin referencia a la realidad social de la que emerge y a la que está destinado a afectar. Esta afirmación es válida, sin importar la visión que se tenga sobre la naturaleza del Derecho; el positivismo jurídico resulta plenamente compatible con esta afirmación, lo mismo sucede con el uisnaturalismo. Este último, aunque reconoce la existencia de un sistema supralegal que se debe construir en límite tanto para la actividad del legislador como del juzgador o ejecutor del derecho, también acepta que la ley humana, si bien está orientada por ese orden superior, es creación del hombre, falible, condicionado y relativo por definición.