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Los principios generales del derecho en el ordenamiento jurídico colombiano: el abuso del...
Los principios generales del derecho en el ordenamiento jurídico colombiano: el abuso del derecho
Héctor Elías Hernández Velasco
Ediciones UIS ·Colombia
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Sobre esta obra
La incorporación de los Principios Generales del Derecho por parte de la Corte Suprema de Justicia representó en el ordenamiento jurídico colombiano el primer intento que propendió por morigerar el exacerbado formalismo que había caracterizado al sistema jurídico nacional durante el siglo XIX y las dos primeras décadas del siglo XX.
Lo anterior, teniendo en cuenta, que después del proceso de codificación iniciado a mediados del siglo XIX, y concluido en el periodo de la regeneración con la Ley 153 de 1887, poco o nada contaron la aplicación de los principios o de cualquier criterio auxiliar en la actividad judicial. Solamente a partir de esta Ley se consagraron expresamente algunas reglas de interpretación y de criterios auxiliares y se permitió tímidamente, la participación de los jueces en procesos creativos del Derecho a través de la jurisprudencia. A pesar de lo anterior, sólo hasta los años treinta del siglo XX, se pudo materializar la aplicación de los criterios auxiliares, gracias a las posturas doctrinales asumidas por la Corte Suprema de Justicia en algunas sentencias de casación en materia del abuso del derecho, imprevisión de los contratos, enriquecimiento sin justa causa, fraude a la ley y error común.
Lo anterior, teniendo en cuenta, que después del proceso de codificación iniciado a mediados del siglo XIX, y concluido en el periodo de la regeneración con la Ley 153 de 1887, poco o nada contaron la aplicación de los principios o de cualquier criterio auxiliar en la actividad judicial. Solamente a partir de esta Ley se consagraron expresamente algunas reglas de interpretación y de criterios auxiliares y se permitió tímidamente, la participación de los jueces en procesos creativos del Derecho a través de la jurisprudencia. A pesar de lo anterior, sólo hasta los años treinta del siglo XX, se pudo materializar la aplicación de los criterios auxiliares, gracias a las posturas doctrinales asumidas por la Corte Suprema de Justicia en algunas sentencias de casación en materia del abuso del derecho, imprevisión de los contratos, enriquecimiento sin justa causa, fraude a la ley y error común.