Editorial Universidad del Rosario
El pacto de cumplimiento y la garantía de los derechos colectivos
El pacto de cumplimiento y la garantía de los derechos colectivos
Lilia Fernanda Benavides Burbano; Beatriz Londoño Toro; Sandra Liliana Martínez León; María Teresa Palacios Sanabria; Juan Manuel Rodríguez Acevedo; María Lucía Torres Villarreal
Editorial Universidad del Rosario ·Colombia ·2006 ·Español
Impreso ISBN 9789588298078
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Formatos
| Formato | ISBN | Recordreference | DOI | Año |
|---|---|---|---|---|
| Impreso · ed. 1 | 9789588298078 | SIMEHPRINT60D9AA3UEF1624HIEPKZ | — | 2006 |
| E-book · ed. 1 | — | SIMEHEBOOKL4NAVT84PEPJRI4CPOSP | — | 2006 |
Sobre esta obra
Una de las etapas procesales de mayor importancia en las nuevas acciones populares corresponde a la denominada audiencia especial para pacto de cumplimiento. En apariencia se trata de una audiencia similar a la de conciliación, pero sus antecedentes, interpretación jurisprudencial y práctica judicial, muestran novedosos aspectos que vale la pena conocer e investigar. La audiencia especial para pacto de cumplimiento es, ante todo, la oportunidad para analizar los acuerdos que permitan la protección efectiva de los derechos colectivos y, si es posible, el restablecimiento de las cosas al estado en que se encontraban antes de ser perturbadas. La ventaja de esta audiencia es que en ella se pueden obtener soluciones reales, discutidas entre los intervinientes, con el compromiso respaldado por sus firmas de llevar a cabo las medidas convenidas y con el seguimiento de un Comité o de un auditor para apoyar al juez en la búsqueda del cumplimiento de los acuerdos plasmados en la sentencia.La audiencia es la oportunidad para terminar de manera rápida y anticipada el proceso, ya que si las partes llegan a un pacto de cumplimiento, la Sala del Tribunal Administrativo de conocimiento o el juez civil del circuito –de acuerdo con la jurisdicción y competencia que corresponda al caso– procederá a realizar su estudio y a dictar sentencia aprobatoria de dicho pacto. De esta manera, son los intervinientes, liderados por el juez o los magistrados, los que solucionan el problema que da origen a la amenaza o vulneración del derecho colectivo, tras el pleno convencimiento de haber suscrito un pacto de cumplimiento capaz de dar protección a dichos derechos.