Cuerpo Humano Como Fuente De Evidencia Probatoria
Sus restricciones en el proceso penal
Carlos Alberto Mojica Araque; Federico Londoño Mesa
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Formatos
| Formato | ISBN | Recordreference | DOI | Año |
|---|---|---|---|---|
| Impreso | 9789585473546 | SIMEHPRINT7E6FJ5ADJ5HAG21J8040 | — | 2020 |
Sobre esta obra
El presente libro es resultado de la investigación que se realizó con la finalidad de determinar si la facultad racional otorgada al juez con funciones de control de garantías para autorizar la obtención de muestras del indiciado o imputado e, incluso, de la propia víctima, aun en contra de su voluntad (uso del cuerpo humano como fuente de evidencia probatoria), limitan su privilegio contra la no autoincriminación; y si esa autorización implica una "declaración" del procesado "equivalente" a la declaración de viva voz y, por ende, digna de protección mediante el mismo privilegio.
Por esta razón, históricamente varió la concepción de la confesión como medio de prueba para convertirse en un medio de defensa que requiere, en todos los casos, la libre decisión de su titular mediante la ausencia absoluta de coacción o intimidación que puedan llegar a viciar tanto su consentimiento como su voluntad de incriminarse o, simplemente, de negarse a declararen el proceso q e se adelante en su contra.
Los hallazgos obtenidos fueron analizados en
cada uno de los subcapítulos en los que se valoró la normativa o jurisprudencia
estudiada y en los que daremos relevancia a nuestros argumentos sobre la
discrepancia conceptual respecto de algunas posiciones doctrinarias de la
Corte, insistiendo en que el objetivo perseguido es presentar una visión seria
de los límites y alcances que el privilegio contra la autoincriminación tiene
en nuestro ordenamiento jurídico, así como las implicaciones que puede llegar a
tener el hecho de persistir la negativa del indiciado, imputado o acusado a
suministrar muestras para cotejo, no obstante la orden de un juez de control de
garantías, sin considerar que para su cumplimiento sea estrictamente necesario
limitar y restringir derechos fundamentales, entre otros, la dignidad humana,
la intimidad, la integridad física y la prohibición de autoincriminarse.